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El Pleno de Zamora aprueba la propuesta de lucha contra los desahucios

El artículo 11.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de Naciones Unidas de 1966, firmado por el Reino de España el 28 de Septiembre de 1976 y ratificado el 27 de Abril de 1977: afirma “Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento”. El artículo 47 de la Constitución reconoce este derecho y establece la correlativa obligación de los poderes públicos de promover su efectividad cuando declara: “Todos los españoles tienen derecho a disfrutar de una vivienda digna y adecuada. Los poderes públicos promoverán las condiciones necesarias y establecerán las normas pertinentes para hacer efectivo este derecho, regulando la utilización del suelo de acuerdo con el interés general para impedir la especulación.”

El 28 de Julio de 2010, la Asamblea General de Naciones Unidas adoptó la Resolución 64/292 en la que “Reconoce que el derecho al agua potable y el saneamiento es un derecho humano esencial para el pleno disfrute de la vida y de todos los derechos humanos”.

En Zamora, la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH) ha trabajado por defender y hacer efectivo este derecho y ha llegado el momento de dar desde el Ayuntamiento de Zamora un paso más para el cumplimiento de sus obligaciones constitucionales y su compromiso con los Derechos fundamentales de todos los ciudadanos, iniciando el estudio e implantación de medidas que remuevan los obstáculos para el ejercicio de los mismos y permitan hacerlos efectivos, dando a los bienes de propiedad municipal su adecuada función social, tales como la generación de un parque de viviendas dignas que garanticen, en la medida de las posibilidades, que ningún ciudadano de Zamora pueda quedarse sin techo.

Por lo señalado, los grupos políticos municipales del Ayuntamiento, proponen para su votación en Pleno los siguientes 

ACUERDOS

1. El Ayuntamiento de Zamora se compromete a regularizar la situación de las viviendas de su propiedad, realizando un censo a partir del inventario Municipal en el que se especifiquen derechos y necesidades reales de los que las habitan, rentas que se pagan, su ocupación real y efectiva, etc. En definitiva, hacer un censo de viviendas vacías para iniciar la creación de un Parque Público de Viviendas de Alquiler Social que el Ayuntamiento pueda utilizar también para alquileres sociales temporales y alojamiento de emergencia, utilizando  siempre criterios de necesidades sociales y/o económicas. Así mismo, se estudiarán las cargas y compromisos adoptados en mandatos anteriores en cuanto pudieran resultar contradictorios con los objetivos de la presente moción, analizándose, en caso de que puedan suponer un obstáculo a la garantía del derecho a la vivienda, las posibilidades y vías jurídicas para su levantamiento.


2. El Ayuntamiento de Zamora se compromete a desarrollar una planificación de la utilización de las parcelas del Patrimonio Público de Suelo orientada al fin último que marca la Ley, y específicamente a formar parte del Parque Público de Vivienda de Alquiler Social, pudiendo ponerlas a disposición de la Junta o de cualquier entidad que promueva la construcción de este tipo de vivienda con las condiciones necesarias para garantizar su uso para el fin establecido y garantizando la participación de la comunidad local en la gestión de las mismas. En todo caso, entendemos, que el aprovechamiento de viviendas vacías  es prioritaria en una ciudad donde existen miles en esa situación y consideramos que la construcción debe ser el último recurso a utilizar.

3. El Ayuntamiento de Zamora instará tanto a la Junta de Castilla y León como al Gobierno de España a que abran líneas de ayuda para rehabilitar viviendas con el objetivo de ponerlas en el mercado del alquiler social

4. El Ayuntamiento de Zamora también planteará la posibilidad de permutar con entidades financieras y empresas suelo y solares del Patrimonio Municipal por vivienda terminada y habitable por valor equivalente con el mismo objetivo de incorporar al PMS como patrimonio de vivienda social. En ese sentido se publicará la relación de parcelas que el Ayuntamiento está dispuesto a permutar.

5. Así mismo se estudiará la posibilidad de recargar el IBI hasta el máximo que permite la Ley sobre viviendas vacías propiedad de bancos y empresas.  Igualmente, se instará a la JCYL a reformar la Ley Autonómica de Vivienda para incluir sanciones económicas a aquellos bancos que posean inmuebles vacíos.

6. Se solicitará a la Delegación Territorial de la Junta que el 100% de las viviendas desocupadas en la actualidad, propiedad de esa administración, pasen a formar parte del Parque Público de Alquiler Social.

7. El Pleno Municipal manifiesta que la situación de necesidad generada por un desahucio o por situaciones de exclusión social derivadas de circunstancias económicas constituyen una situación de necesidad social que debe ser amparada por la Administración y no objeto de sanción y que, como consecuencia de ello, cuando se detecte situación de riesgo de menores derivada de desahucio o exclusión social por causas económicas, los Servicios Sociales estudiarán y gestionarán las ayudas públicas necesarias para solventar la situación de riesgo del menor y su derecho a su plena integración en su entorno familiar y social.

8. Se garantizará el acceso al agua y al saneamiento como derecho económico fundamental integrante del derecho a la vivienda y a las condiciones de vida dignas, sin que en ningún caso se pueda proceder al corte del servicio destinado a uso personal y doméstico para satisfacer las necesidades de consumo y cocina y las necesidades de higiene personal y doméstica por imposibilidad de pago. En el caso de emergencia energética se estudiarán ayudas de urgente necesidad. 

9. El Ayuntamiento de Zamora y sus servicios de Gestión Tributaria realizarán la interpretación de la exención establecida en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana establecida para los supuestos de dación de pago y subasta de vivienda hipotecada en el artículo 105.1.c) del Texto refundido de la Ley de Haciendas Locales más favorable y compatible con los derechos fundamentales de los ciudadanos y con el derecho al artículo 11 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

10. El Ayuntamiento de Zamora declara su firme voluntad de alcanzar la condición de ciudad libre de desahucios. A tal fin, se impulsará la apertura de negociaciones con otras Administraciones y poderes públicos para la coordinación y cooperación orientadas a garantizar la efectividad del derecho a la obtención y mantenimiento de una vivienda digna. Igualmente se impulsará la negociación con empresas y entidades financieras orientadas a garantizar la dignidad de las viviendas habitadas, con la máxima garantía de acceso a servicios esenciales, y a la función social de la vivienda vacía de propiedad de entidades financieras públicas y privadas.

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