AYUNTAMIENTO. MOCIÓN
Los municipios españoles
han sido desde 1979 la expresión más evidente de la llegada de la democracia a
nuestro país: miles
de concejales y concejalas, de alcaldesas y alcaldes, elegidos por sus vecinos,
accedieron al gobierno de sus Ayuntamientos desde la preocupación por
satisfacer las demandas más acuciantes de éstos, y también, ante la falta de
definición constitucional de las competencias locales, para afrontar aquellos
retos y actuaciones que fueran impulsadas por la ciudadanía.
Desde
ese principio de administración más cercana, se configuraron los Ayuntamientos
como las entidades que visualizaron la democracia en nuestro país y que
representaron la primera experiencia,
hasta ahora irreversible, de descentralización política.
Consideramos
imprescindible conservar ese papel, que ha sido razonablemente garantizado
durante todo este período por un sistema electoral que, sin ser perfecto, ha
permitido que las opciones políticas significativas en las que se organiza la
ciudadanía en cada municipio hayan configurado mayorías de gobierno local con un respaldo mayoritario del voto popular
a través de un sistema de representación respetando la proporcionalidad
contemplada en la CE.
La democracia no es
compatible con un gobierno municipal que no refleje la mayoría de los votos
expresada en las elecciones.
Eso significa que una lista municipal no puede tener la mayoría de gobierno y,
consecuentemente, la alcaldía, si no tiene el respaldo de la mayoría de los
votantes, expresada por un sistema de representación política
constitucionalmente establecido.
Es
más, el art. 140 de la Constitución Española establece que el voto de vecinos y vecinas
será igual, por tanto, debe tener el mismo valor y producir los mismos
efectos en la elección de los concejales y concejalas. Además, los/as concejales/as serán elegidos de forma
directa.
La
atribución del alcalde o alcaldesa a la
lista más votada llevaría a la paradoja de que podrían ser alcaldes/sas,
concejales/as que no tuvieran el apoyo de la mayoría. La lista más votada no es
necesariamente la lista que pudiera tener más apoyos. Esa situación se puede
dar posiblemente en el municipio de Zamora en mayo de 2015
Por
lo expuesto, se presenta la siguientes MOCIÓN:
1. El Pleno del
Ayuntamiento de Zamora manifiesta su oposición a cualquier reforma relativa al
método de elección de concejales y alcaldes de las Corporaciones Locales y, muy
especialmente a:
a) La atribución de
cualquier prima de representación por concejales a la lista o listas más
votadas, por vulnerar los principios de proporcionalidad y voto igual
establecidos constitucionalmente.
b) La atribución de la
alcaldía a la lista más votada, cuando no tenga el respaldo de la mayoría de
los concejales elegidos en voto igual mediante un sistema proporcional y
constituidos en el Pleno del Ayuntamiento.
c) La constitución del Pleno Municipal
por concejales/as que no hayan sido elegidos/as en el mismo acto electoral
mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, tal como
establece el art. 140 de la Constitución Española.
2. A esta moción se le dará la
publicidad necesaria para que sea conocida por la ciudadanía del municipio.
3. Dar traslado de
los acuerdos al Gobierno de la Nación y a todos los Grupos
Parlamentarios del Congreso de Diputados.