La Comisión de Hacienda dictaminará las nuevas propuestas
sobre Memoria Histórica
Finalizado el periodo de exposición pública no se ha producido ninguna alegación
1.- D. Manuel Izquierdo
García, Guardia Municipal.
Finalizado el periodo de exposición pública no se ha producido ninguna alegación
A
dicha Comisión se llevará la segunda tanda de propuestas en este mandato. La
actual ya pasó por pleno para abrir los correspondientes expedientes. Después
de su publicidad en el BOP, BOCyL y BOE, no ha habido ninguna alegación por lo
que la propuesta es la siguiente respecto a incorporar a 5 trabajadores más a
la lista de “reparación moral” y a la retirada de títulos honoríficos:
A) "Reconocimiento
general con reparación moral de empleados municipales apartados de su puesto":
PRIMERO.- Proceder por el Excmo.
Ayuntamiento de Zamora al reconocimiento personal a los servidores públicos
cesados, con un reconocimiento general como reparación moral y recuperación de
su memoria personal y familiar, dentro de los límites que fija especialmente el
artículo 4.5 de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y
amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron
persecución o violencia durante la Guerra Civil y la Dictadura, Ley de Memoria
Histórica. Los servidores públicos a los que se les da un reconocimiento
general como reparación moral y recuperación de su memoria personal y familiar,
son los siguientes:
2.- D. Germán Rodríguez
Laperal, de Jardines.
3.- D. Natalio Carnero Leonardo,
de Arbitrios.
4.- D. Bernardo Núñez
Diego, de Arbitrios.
5.- D. Francisco Martín
Marcos, de Arbitrios.
SEGUNDO.- Interesar por el
Ayuntamiento de Zamora al Ministerio de Justicia la expedición de la
Declaración de Reparación y Reconocimiento Personal a los ameritados servidores
públicos, representantes políticos y empleados públicos, conforme establece el
art. 4.4. de la meritada Ley de Memoria Histórica.
B) Retirada nombramiento
Hijos Adoptivos e Hijo Predilecto":
Se considera que el
nombramiento de Hijo Predilecto o Hijo Adoptivo a personas nombradas
gobernadores civiles en una determinada época, justo acabada la contienda
militar, como es el caso de estas tres personas, según se desprende claramente
del expediente, puede considerarse como exaltación de los enfrentados a los que
se refiere el art. 15.1 de la Ley 52/2007, y que la jurisprudencia,
concretamente el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, sección 2ª,
Sentencia 1022/12 de 15 de noviembre, refiere la primacía del art. 15.1 frente
a los méritos del art. 15.2.
Por ello se propone la
retirada de los siguiente títulos:
1.- D. Luis Rodríguez
Miguel, retirada de Hijo Predilecto (sesión plenaria de 8 de agosto de 1946).
2.- D. Eusebio Rodríguez
Fernández-Vila, retirada del título Hijo Adoptivo (sesión plenaria de 8 de
agosto de 1946).
3.- D. Manuel Pamplona y
Blasco, retirada de título Hijo Adoptivo (sesión plenaria de 22 de mayo de
1944).