Existe una actitud
claramente prevaricadora de los responsables políticos de urbanismo
Desde
hace años IU ha venido denunciando una situación de absoluta indefensión de los
ciudadanos que denuncian en la Policía
Municipal ruidos de viviendas. La situación ha llegado a ser insoportable
al ser sistemáticamente archivadas por falta de normativa municipal que sea
capaz de llevar adelante las denuncias.
Los
últimos archivos de denuncias de particulares por ruidos en viviendas
colindantes (una decena) son del pasado
mes de marzo, y son la gota que colma el vaso, ya que el archivo ha sido sistemático desde hace
muchos años. Pero estos archivos son los primeros después de que el
Procurador del Común advirtiera que la Alcaldesa tiene obligación de tramitar
las denuncias con la Ley del Ruido de Castilla y León del año 2003, y a pesar
de la vergüenza que supone que la Ordenanza contra el Ruido del Ayuntamiento
data de 1990 y no se adapta a la normativa vigente.
Una vergüenza para el
Equipo de Gobierno y una indefensión para los ciudadanos
Los
zamoranos que denuncian ruidos en otras viviendas acuden a la Policía Municipal
convencidos de que el sistema funcionará, es decir, que su denuncia se
tramitará y lograrán acabar con la pesadilla. Pero nunca ha sido así. La
policía cumple con su obligación, levanta los partes correspondientes y miden
la intensidad del sonido para ver si se ajusta a la legalidad. A partir de ahí
la denuncia acaba en la papelera
El Grupo de IU
detectó esta situación y después de advertirlo en Comisiones Informativas y plenos,
no quedó otra solución que denunciarlo ante El Procurador del Común en el año
2011. El Partido Popular, por desgracia, suele actuar de esa manera: da igual
lo que diga la oposición, el rodillo político manda.
Resolución del Procurador del Común
El Procurador del
Común resolvió en mayo de 2013 de manera favorable a la queja planteada por IU;
es decir el Ayuntamiento tiene la obligación de tramitar las denuncias por
ruidos. El Procurador requirió en tres ocasiones al Ayuntamiento si aceptaba la
recomendación dada de no archivar las denuncias y tramitarlas a pesar del
desfase de la Ordenanza, que data de 1990, pero el Ayuntamiento nunca le
respondió ni se comprometió a nada.
Como decimos, el Grupo de IU decidió
recurrir al Procurador del Común ante el hecho de archivo masivo de denuncias
de ciudadanos por ruidos, y el posterior archivo por parte del Ayuntamiento.
En un primer momento, por desidia
absoluta, y más tarde con el amparo de un informe técnico de marzo de 2011 que
decía que “existían dudas” para
aplicar la Ordenanza de Ruidos a este tipo de denuncias derivando la acción
ciudadana a los Juzgados, cosa que, por supuesto, apenas se hace por el coste
económico que supone, y que deja en total indefensión a los ciudadanos.
Un informe de mayo de 2011 es la base para la
inactividad del Ayuntamiento
Lo
que vienen a decir los técnicos es que nada se puede hacer con una Ordenanza
contra el Ruido de 1990 superada por la Ley del Ruido de Castilla y León de
2003 y de la normativa estatal. El Informe concluía:
“El Asesor Jurídico y
Jefe de Servicio de Urbanismo del Excmo. Ayuntamiento de Zamora, en respuesta a la comunicación interna del
Sr. Inspector Jefe de la Policía Local en el que se nos solicita que se nos
comunique el departamento competente para tramitar una denuncia sobre molestias
a vecinos derivadas de ruidos de música y voces, pone en su conocimiento lo
siguiente:
En relación con esta
cuestión, es necesario partir de la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido,
en la que se establece, en su exposición de motivos y al regular su ámbito de
aplicación, la exclusión del alcance de la Ley de la contaminación
acústica originada en la práctica de actividades domésticas o las relaciones de
vecindad…
Siendo así, la
competencia de este departamento se refiere únicamente a los ruidos que
pudieren incluirse dentro del ámbito de aplicación de dicha norma, en cuanto
que puedan afectar a locales o actividades y a las licencias otorgadas para el
funcionamiento de los mismos.”
En
definitiva, se tramitaban las denuncias sobre actividades sujetas a licencias
(actividades comerciales e industriales), recomendando, naturalmente la puesta
al día de la Ordenanza Municipal de 1990.
El Procurador del Común defendió a los ciudadanos, el Ayuntamiento no
El Procurador es muy claro. Por un lado dice que el Ayuntamiento tiene que modificar la Ordenanza sobre
ruidos que data de 1990 adaptándola a la Ley del Ruido de Castilla y León del
año 2003. Estamos en 2005 y nada ha hecho el PP.
Y por otro dice que el Ayuntamiento no ha
obrado correctamente al archivar decenas y decenas de denuncias de particulares
por ruidos en viviendas ya que con la actual Ordenanza podían haberse
tramitado. Dice que la Policía Local tiene que ir al domicilio, medir el ruido
y seguir con la tramitación de la denuncia.
Con los nuevos archivos de marzo de 2015 por denuncias de ruidos la
Alcaldesa sigue tomando el pelo a los ciudadanos
Queda patente que no hay trabajo político
del Equipo de Gobierno en el sentido de la Recomendación del Procurador.Es
palmario que durante años se ha tomado el
pelo a los ciudadanos, ya que todos los que acudían a denunciar ruidos en
viviendas recibían buenas palabras para, a renglón seguido, tirar la denuncia a
la papelera.
Es impresentable que
se tiren a la basura las denuncias de particulares por ruidos, es indecente que
después de tantos años todo siga igual. Lo peor es que con muchas ordenanzas
pasa lo mismo ya que están totalmente desfasadas
Ordenanzas desfasadas
La mayoría de las
Ordenanzas Municipales o están desfasadas o son de imposible aplicación técnica
en cuanto al procedimiento sancionador. Incluso algunas establecen sanciones
por encima de lo permitido por la Ley. ¿Con cuánto pueden multar los Alcaldes?
Las faltas consideradas leves en las Ordenanzas, hasta 750€; las
graves y muy graves pueden hacerlo hasta los 3.000€. Lo dice la Ley de Bases de
Régimen Local. Y la Ley está por encima de las Ordenanzas.
Pues bien, la Ordenanza de Drogodependencia dice que la Alcaldesa
puede imponer sanciones de hasta 600.000€; la de Animales de Compañía dice que
puede imponer sanciones de hasta 15.000€. Incluso la Ordenanza del Transporte
Urbano, aprobada hace unos meses, dice que la Alcaldesa puede imponer sanciones
de hasta 6.000€, el doble de lo permitido.
Conclusión: El Mapa del Ruido que hizo el Ayuntamiento y pagó la
Junta costó 150.000€. ¿Para qué se quiere si la Ordenanza está completamente
desfasada?